¿Cómo registrar una marca comercial en Chile?

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El procedimiento para registrar una marca comercial en Chile tiene tres etapas: ingreso y examen de forma de la solicitud, examen de fondo de la solicitud y trámite de la publicación del extracto en el Diario Oficial. La importancia de realizar este trámite para su empresa es la forma de poder diferenciarse de su competencia, pudiendo adquirir con el tiempo el reconocimiento y recomendación de sus clientes formando así una identidad. En el caso de los productos permite identificar su calidad, siendo esto lo que los consumidores toman en consideración a la hora de elegir. Hay dos modalidades para presentar una solicitud de marca comercial: Vía presencial: esto es ingresando el formulario respectivo en la oficina de INAPI. Tenga en consideración que el formulario debe ingresarse con letra mecanografiada y debe pagarse un derecho inicial, en la cuenta única fiscal , mediante el Formulario Nº 10 sobre Ingresos Fiscales (se sugiere ver Cuál es el costo de una solicitud de marca comercial? ) y este pago debe efectuarse en un Banco o Institución recaudadora de impuestos, por lo que se sugiere llegar temprano a fin de que alcance a enterar el impuesto. en Línea: esto es ingresando una solicitud en línea en el sitio Web (www.inapi.cl.) En este caso, el derecho inicial debe pagarse mediante una transacción electrónica, es decir, con cargo a cuenta corriente, tarjeta de crédito, de débito, etc. Para el ingreso de solicitudes en línea, es necesario que usted se registre previamente como usuario, y así obtener la identificación de usuario y su clave, de lo contrario el sistema NO permitirá el acceso a sus ambientes seguros de navegación. 1.- Presentación de la solicitud: Existen ocho tipos de formularios, según se quiera registrar una marca para distinguir productos, servicios, establecimiento comercial, establecimiento industrial, frase de propaganda, indicación geográfica o denominación de origen, marcas colectivas y de certificación. En caso de actuar a través de un representante, debe acompañar poder correspondiente. Asimismo, tratándose de personas jurídicas, la persona natural que comparezca por ella, deberá acreditar representación. Esto puede realizarse previamente a través de registrar dichos poderes en «custodia de INAPI». *La solicitud (formulario) se presenta en dependencias del INAPI, mesón de atención de público. Tratándose de marcas comerciales consistentes en etiquetas (figurativas o mixtas), debe considerar: 1.- Para presentación de solicitudes con etiquetas en papel, debe entregar tres ejemplares de un tamaño máximo de 7 X 7 centímetros. 2.- En caso de presentación de etiqueta en soporte electrónico debe considerar: – El medio magnético puede ser CD-ROM, Diskette u otro medio portátil que sea compatible con los equipos disponibles en el INAPI para su captura. – La resolución mínima que se necesita es de 300 DPI (dot per inch). – El formato gráfico debe ser  *.JPG. 3.- Los documentos que se presenten al INAPI deben contar con una presuma que indique: – Nº de la solicitud y marca. – En el cuerpo del escrito, la individualización del solicitante y de su representante, si los hubiere. Para las marcas que han sido presentadas previamente en el extranjero se establece un plazo de 6 meses contados desde la fecha de su presentación en el país de origen, para presentar la solicitud en Chile. La ley establece como requisitos: – La prioridad debe ser invocada al momento de presentarse la solicitud en Chile y se dejará constancia del número de la solicitud, fecha y país en que se ha presentado la solicitud invocada. – Debe ser acompañado el certificado de prioridad emitido por la autoridad competente del país de origen de la prioridad, en original o copia autorizada ante notario. – El certificado de prioridad y la traducción al español debe ser presentada dentro de los 90 días hábiles contados desde la fecha de presentación de la solicitud en Chile. 2.- Examen Formal: De la solicitud el INAPI hace un examen formal para verificar que se cumplen los requisitos legales y reglamentarios, pudiendo aceptar u observar la solicitud. Si la solicitud es aceptada: deberá requerir y pagar la publicación del extracto de la solicitud en la oficina del Diario Oficial en dependencias del INAPI o hacerlo en línea a través del enlace al Diario Oficial que provee el portal INAPI, dentro del plazo legal de 20 días hábiles siguientes a la aceptación, de lo contrario la solicitud se tendrá por abandonada por el sólo ministerio de la ley al vencimiento del plazo. Si la solicitud es observada: si en el examen el Conservador detecta algún error u omisión, informará al interesado para que realice las correcciones o aclaraciones pertinentes, dentro del término de 30 días. Si no se efectúa la corrección dentro del plazo señalado, se deberá declarar el abandono de la solicitud. 3.- Publicación de la solicitud: Una vez aprobado el examen formal, se debe publicar la solicitud en el diario oficial a efectos de que terceros puedan oponerse a la solicitud en caso de que estimen tener mejor derecho. El solicitante debe requerir y pagar la publicación de su solicitud de registro de marca, en el Diario Oficial, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados desde la aceptación. Para ello el Diario Oficial dispone de una oficina especial ubicada en dependencias del INAPI. La resolución definitiva es pronunciada por el Director Nacional del INAPI, pudiendo: – Aceptar la marca, en cuyo caso se deberá pagar y acreditar el pago de los derechos definitivos dentro del plazo de 60 días, contados desde la notificación de la resolución de aceptación. – Rechazar la marca, lo cual implica que  el interesado puede apelar para ante el Tribunal de Propiedad Industrial, en cuyo caso requiere patrocinio de abogado y consignación ( artículo 17 bis B y 18 bis C, Ley Nº 19.039).
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