Cese de Pensión de Alimentos en Chile

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¿Qué es el cese de pensión de alimentos en Chile?

Es cuando se extingue la obligación de pagar pensión alimenticia. En el caso de éste artículo nos vamos a referir al pago de pensión de alimentos para los hijos.

Puede ocurrir por diversas causas que explicaremos a continuación, pero debemos señalar que el cese no se da de forma automática cuando se cumplan las condiciones que vamos a explicar.

El padre o madre que está obligado a pagar la pensión de alimentos, debe acudir a los Tribunales, ya sea a dejar constancia del acuerdo de cese de pago al que llegó con el hijo o el representante que tenga la tuición.

Si fuere el caso de no haber acuerdo, entonces podrá interponer una demanda para solicitar el cese ante un Juez de Familia según lo establece la Ley N° 19.968 del Código Civil.

De cualquier forma, mientras que el padre o la madre no realice la formalidad ante un Tribunal, la obligación seguirá legalmente.

Si quieres conocer ¿cómo solicitar el cese de pensión de alimentos en Chile?, continua leyendo el presente articulo.

Cese de pensión de alimentos: Causas por las cuales se puede solicitar.

Podrá acudir a los tribunales para solicitar el cese del pago en los siguientes casos:

  1. Si su(s) hijo(s) cumple (n) 21 años de edad y no se encuentran estudiando una profesión u oficio.
  2. Los hijos cumplen 28 años de edad siempre y cuando estén estudiando una profesión u oficio.
  3. Cuando el hijo (a) contrae matrimonio. El matrimonio cambia la situación que sustentaba el derecho de recibir la pensión alimentaria.
  4. Que la persona que goza de la pensión trabaje y se pueda mantener así mismo.


Vamos a explicar cada caso a continuación:


Caso 1: si el hijo cumple 21 años de edad.

Según la Ley usted puede solicitar el cese de pago de la pensión, si su hijo cumple 21 años y no se encuentra cursando estudios de alguna profesión u oficio.

En este caso puede argumentar esta causal para solicitar que cese la obligación de pago, ya que la Ley considera que el hijo tiene las facultades para mantenerse por sí solo, pero el cese será efectivo en cuanto el Juez lo determine así.

Caso 2: si el hijo cumple 28 años de edad.

Cuando el caso sea que el hijo cumpla los 21 años y siga estudiando, el progenitor que paga la pensión alimentaria deberá seguir cumpliendo con la obligación hasta que el hijo cumpla los 28 años de edad.

El padre o madre que paga la pensión puede pedir igualmente el cese de pensión de alimentos, pues la Ley determina que al cumplir esa edad los progenitores no están obligados a correr con los gastos de estudios.

Caso 3: si el hijo contrae matrimonio.

Si su hijo(a) es mayor de edad y contrae matrimonio, usted puede solicitar el término del pago de pensión por esta causa, ya que según la Ley las condiciones de necesidad de alimentos cambian y es el cónyuge del hijo(a) quien deberá apoyar en el tema.

Caso 4: si el hijo trabaja y se mantiene así mismo.

Cuando su hijo tiene mayoría de edad, es decir, 18 años y trabaja, por lo que tiene su propio sustento económico y además no está estudiando, también puede solicitar el cese del pago de pensión ante Tribunales.

Pasos para solicitar el cese de pensión de alimentos en Chile.

Recuerde que el cese de la obligación no es automático. Si su hijo cumple con las condiciones antes mencionadas, usted debe solicitar el cese del pago ante los Tribunales para que se haga efectivo legalmente.

Lo señalamos con énfasis porque hemos tenido casos de padres que dejan de pagar la pensión alimentaria cuando algunos de los casos mencionados se dan con el hijo(a).

Luego, se encuentran en problemas legales porque en Tribunales nunca se dio término formal con esta obligación.

Entonces para solicitar el término de estos pagos por alimento, puede seguir los siguientes pasos:

1- En el caso de que, como padre o madre suscribe un acuerdo por escrito con el hijo donde establece que dejará de pagar la pensión de alimentos.

Luego, usted deberá presentar este documento ante un Juzgado de Familia del Tribunal correspondiente para que el juez lo apruebe y quede constancia del cese de la obligación.

Este acuerdo se llama según la Ley, Transacción.

2- Si usted quiere pedir el cese del pago y no logra llegar a un acuerdo, puede acudir a la instancia de mediación para poder llegar a un acuerdo con el o los hijos o su representante, que es la persona que tiene la tuición legal de estos.

Al darse el acuerdo entre las partes, el mediador realizará una constancia del acuerdo y lo presentará ante el Juzgado de Familia para que se apruebe y este acuerdo será como una sentencia judicial.

3- De no llegar a un acuerdo, el progenitor que paga la pensión, cuenta con la vía de solicitar un Juicio para pedir el cese de pago de la pensión de alimentos.

Para ello deberá contar con el apoyo de un abogado quien interpondrá la demanda y se encargará de representarlo en el proceso.

Es importante señalar que su abogado puede solicitar dejar de pagar la pensión durante el tiempo que dure el juicio, pero deberá realizar esta petición junto con la solicitud de demanda, ya que después que comience el proceso no se puede realizar.

Si al término del juicio la sentencia es negativa para usted, simplemente se reanudarán los pagos luego de la sentencia, pero si la sentencia es a su favor, simplemente seguirá sin la obligación del pago.

Nuevo proyecto de Ley considera delito penal el impago de la pensión de alimentos.

Al momento de realizar este artículo la Comisión de Mujer del Senado, discute un proyecto donde se busca establecer que:


“El incumplimiento en el pago mensual de las pensiones de alimentos será constitutivo de Violencia Intrafamiliar”

Esto significa que si el alimentante deja de pagar la pensión de forma reiterativa, se podrá considerar un delito penal y esto puede acarrear penas de entre 61 días hasta 3 años y 1 día de prisión.

Es importante, que si usted dejó de pagar la pensión de alimentos porque su hijo(a):

  • Cumplió la mayoría de edad,
  • Se casó o,
  • Comenzó a trabajar;

Y usted no acudió a un Tribunal de Familia a solicitar el cese de pensión de alimentos, sepa que legalmente sigue obligado a pagar y de aprobarse este proyecto de Ley puede tener problemas legales.

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