El maltrato animal es parte de una realidad que no sólo se limita a Chile, abarca otros continentes y costumbres, pero la diferencia radica en las penalizaciones y castigos impartidos por autoridades. Bajo tal contexto, se hace imperante conocer los pasos para dejar registro de semejante crueldad, pero antes es necesario comprender lo que la legislación chilena define como maltrato animal.
Concorde a la legislación que rige al país, y que estipula las directrices de las buenas costumbres, existen dos formas de maltrato: por acción u omisión.
El primero enmarca todas aquellas acciones realizadas de forma consciente e intencional con el fin de provocar daño o dolor a un animal, sea propio o de otra persona; en tanto, la omisión alude a la despreocupación de las necesidades mínimas de los animales no humanos, como los perros, gatos, aves, caballos, etc., y que están bajo nuestro cuidado, un buen cuadro ilustrativo sería el no proporcionar agua y comida a el perro de la casa.
Pero hay otro detalle importante en el asunto, según lo estipulado por la Constitución, los animales son considerados bienes muebles, en consecuencia prima sobre ellos el llamado derecho de propiedad. Esto implica que ninguna persona o agrupación puede quitar los animales a alguien sin autorización judicial. De ahí el enfrentamiento encarnizado entre particulares, entidades animalistas y activistas para hacer valer los derechos de los animales.
El mejor escenario lo encontramos en Chile, donde algunas costumbres campestres han encendido el debate en diversos mass media y plataformas los últimos años, principalmente el rodeo, en que cada agente vela por sus intereses.
Ante lo expuesto, y ya teniendo claro el panorama nacional sólo queda reaccionar frente a cualquier acto que entre la categoría de maltrato. Aquí lo esencial es disponer con la mayor cantidad de pruebas para respaldar la denuncia, la cual no puede ser anónima. Es relevante tener material multimedia, como fotografías, registro audiovisual o grabación de voz que acrediten el hecho, además de testigos mayores de 18 años capaces de exponer asertivamente los detalles, y de ser posible el relato o evaluación de un veterinario, pues dará peso a la denuncia.
Las pruebas reunidas deben ser presentadas ante Fiscalía, aunque por experiencia y agilidad es recomendable la BIDEMA, organismo de la Policía de Investigaciones (PDI) que fiscaliza delitos de esta índole atribuidos sólo a animales domésticos, de las especies introducidas o exóticas se encarga el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
En resumen los pasos a seguir son:
- Juntar pruebas que acrediten el maltrato
- Registrar dirección del lugar y fecha (si es posible da nombres de los responsables)
- Llevar las pruebas ante BIDEMA o Fiscalía
- Dejar tu contacto
¿Necesitas contratar un abogado experto en temas de:
En NexoAbogados podrás encontrar al abogado que necesitas de forma rápida, simple y gratuita. Solo debes responder algunas preguntas para explicar brevemente tu caso y recibirás hasta 5 cotización de abogados interesados en ayudarte, sin compromiso.