Como todos sabemos. Hay ocasiones en las que el empleador es quien incurre en causales para el término del contrato laboral, sin embargo el Código del Trabajo otorga al trabajador la facultad para recurrir al autodespido y tener derecho a las indemnizaciones pertinentes, lo que se llama también como despido indirecto.
Para llevar a cabo este proceso, es importante considerar una causal.
Causales de autodespido que indica la Ley
● Falta de probidad en el desempeño de sus funciones
● Conductas de acoso sexual
● Vías de hecho ejercidas por el empleador en contra del trabajador
● Injurias proferidas por el empleador al trabajador;
● Conductas de acoso laboral.
● Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los
trabajadores, o a la salud de éstos.
● Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
¿Ya tienes la causal?
Si ya tienes la causal, ahora debes dar aviso por escrito al empleador a través de una carta certificada enviada a su domicilio o de manera personal. Esta debe expresar la o las causales invocadas y los hechos en que se basa el despido indirecto, además debes enviar una copia de la misma a la Inspección del Trabajo respectiva, todo en un plazo de tres días hábiles siguientes a la separación de la relación laboral.
Luego debes concurrir al juzgado respectivo y presentar una demanda por autodespido contra el empleador en el plazo de 60 días hábiles contados desde la terminación del contrato de trabajo, solicitando el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, que será aumentada en un 50% si la causa invocada es el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, y hasta en un 80% si la causa son conductas indebidas de carácter grave o actos, omisiones o imprudencias
temerarias.
Es de suma importancia que durante el proceso descrito anteriormente, te asesores por un abogado especialista, ya sea para identificar la o las causales que fundamenten la existencia del autodespido, como también para presentar la demanda, en la cual es vital para exigir el pago de las indemnizaciones respectivas.
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