Para una primera instancia, la aplicación de la ley n°21.100 es la siguiente:
Los establecimientos podrán entregar un máximo de 2 bolsas por compra, sin embargo, luego de 6 meses tendrán prohibición total para entregar bolsas plásticas. Esta ley es válida tanto para el comercio mayorista como el minorista e incluso para compras realizadas por internet.
La ley será impartida en su totalidad a partir del 3 de Febrero del 2019.
Fiscalización y Multas
Es labor de las municipalidades fiscalizar el cumplimiento y obligaciones de la ley nº 21.100. En cuanto al incumplimiento de lo dispuesto, la sanción será a beneficio del municipio y el monto podría ser de hasta 5 UTM por cada bolsa entregada. Sin embargo, al momento de hacer efectiva la multa, existen algunas circunstancias a considerar al momento de asignar el monto:
- El número de bolsas plásticas de comercio entregadas.
- La conducta anterior del infractor.
- La capacidad económica del infractor.
- Bolsa: Embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.
- Bolsa plástica: Bolsa que contiene como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo.
- Bolsa plástica de comercio: Bolsa plástica que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final.
- Establecimiento de comercio:Cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes y/o servicios.
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