Adopción de Menores
Recibir legalmente como un hijo propio a un menor que no lo es biológicamente es un acto de suma bondad, sin embargo realizar una adopción de menores en Chile tiene sus respectivos requisitos.
– Pueden adoptar tanto los matrimonios chilenos o extranjeros con residencia permanente en el país, también pueden postular las personas solteras, divorciadas o viudas, chilenas o extranjeras.
– En el caso de los cónyuges, deben tener dos o más años de matrimonio civil, salvo que uno o ambos cónyuges sean infértiles, caso en el cual no se exige una duración mínima del matrimonio.
– Los interesados deben ser mayores de 25 años de edad y menores de 60, a menos que uno de los adoptantes sea ascendiente consanguíneo del adoptado, caso en que no se exigen dichos límites de edad.
– Tener una diferencia mínima de 20 años de edad con el adoptado, requisito al que se aplica la misma excepción anterior.
– Haber sido evaluados como idóneos desde el punto de vista físico, mental, psicológico y moral, por el Servicio Nacional de Menores (Sename) o algún organismo acreditado ante él para desarrollar programas de adopción.
Pueden adoptarse los niños y niñas menores de 18 años que:
– Cuyos padres no puedan hacerse cargo de su cuidado y expresen el deseo de entregarlo en adopción ante un juez competente.
– Que sean descendiente consanguíneo de uno de los adoptantes
– Que hayan sido declarados susceptibles de ser adoptados por resolución de un juez
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