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requisitos unión civil

¿Qué es la unión civil?

Es el contrato que realiza una pareja que hace una vida en común, a través del cual el estado reconoce y regula ante a ley diversos aspectos familiares, patrimoniales y de derechos de salud.

La unión civil perfecciona el reconocimiento institucional y la protección de parejas que conviven sin estar casadas y que constituyen un núcleo familiar.

Es una institución transversal que puede ser aplicable tanto a parejas del mismo sexo como de distinto sexo. De este modo contribuye a terminar con la discriminación de las parejas del mismo sexo, estableciéndose un estatuto integrador y protector.

Características principales

  • Los contrayentes que celebren la unión civil pasas inmediatamente a ser convivientes civiles
  • La ley establece que los contrayentes pasan a ser considerados por la ley como parientes.
  • Los convivientes civiles quedan obligados a solventar los gastos de su vida en común
  • Los convivientes civiles tendrán un régimen de separación de bienes, pero si lo desean pueden acordar un régimen de comunidad de bienes.
  • Cada conviviente civil es heredero del otro y con los mismos derechos que le correspondan al cónyuge sobreviviente.
  • En caso de inhabilidad de los padres para cuidar un hijo, el conviviente tendrá la misma preferencia que otros parientes consanguíneos para que se otorgue el cuidado personal.
  • El conviviente civil y el cónyuge no padre, tendrán preferencia para quedar a cargo del cuidado de los hijos.
  • Para efectos laborales, el conviviente civil pasa a tener los mismos derechos que un cónyuge:

1.- Pensión de sobrevivencia

2.- Permiso en caso de fallecimiento del otro miembro de la pareja civil

3.- Recibir la última remuneración

4.- Derecho el desahucio del conviviente fallecido.

¿Cómo realizo el trámite para solicitar una hora?

Quienes quieran concretar un acuerdo de unión civil tendrán que solicitar hora ante el registro civil. Este trámite de solicitud de hora puede realizarse de lunes a viernes entre las 8:30 y a las 14:00. Es un trámite gratuito y debe realizarse en las oficinas del registro civil.

Las solicitudes no pueden realizarse por teléfono ya que el trámite es obligatoriamente presencial.

¿Qué requisitos deben cumplir los interesados?

  • Ser mayores de 18 años
  • No estar casados al momento de contraer el vinculo
  • No tendrán que acreditar convivencia previa
  • No se requieren testigos

¿Quiénes no pueden celebrar AUC?

  • Las personas menores de 18 años. Ni con autorización de sus representantes legales.
  • Quienes no tengan la libre administración de sus bienes, decretada por orden judicial (con sentencia de interdicción por demencia), salvo quien se encuentre declarado en interdicción por disipación.
  • Quienes tengan un matrimonio no disuelto o un AUC vigente.
  • Parientes por consanguinidad o afinidad que sean ascendientes o descendientes (por ejemplo: con abuelo(a), padre o madre, suegro(a), hijo(a), yerno o nuera, nieto(a), y los colaterales del segundo grado (hermano(a), cuñados(as)).
  • Mujer antes de cumplidos los 270 días de terminado un AUC o matrimonio anterior, cuando desee celebrar un AUC con un hombre distinto respecto de quien haya terminado el AUC o matrimonio.