Ley de convivencia vial: Automóviles, ciclistas y peatones.

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Ley de Convivencia Vial

Tras el incremento de accidentes de tránsito durante el 2017, donde se reportaron 94.879 con 1.483 fallecidos, y de ellos 93 ciclistas solo en Santiago, esta ley intenta regular a todos los actores del espacio público.

El pasado domingo 11 de noviembre comenzó a regir la nueva Ley de Convivencia Vial, cuyo objetivo es modificar y regular el comportamiento y convivencia de automovilistas, ciclistas y peatones.

“La norma contempla una serie de medidas que afectan a todos quienes integran el panorama vial, en general, estas están destinadas a regular la forma que se utilizarán los “ciclos”, es decir, bicicletas, skates, scooters, etc. Estableciendo sus derechos y obligaciones, además de los automovilistas respecto de ellos.”

¿Qué establece la ley?

  • Cuando no exista ciclovía las bicicletas deben circular por el costado derecho de la calle , aunque existen excepciones, como el caso de los menores de 7 años que circulen acompañados, los menores de 14 años que lo hagan sin acompañante, además de personas de la tercera edad y aquellas con movilidad reducida. Y establece obligación salvo que haya una vía exclusiva para buses. En este caso, el tránsito deberá ser por el costado izquierdo y establece una distancia mínima para los automovilistas de 1,5 metros para adelantar a un ciclista.
  • Reducción de la velocidad en zonas urbanas. De 60 a 50 km/h.
  • Educación obligatoria sobre responsabilidad vial en escuelas de
    conductores.

Multas

Las multas asociadas al no cumplimiento de esta obligación oscilan entre las 0,2 UTM a las 0,5 UTM, es decir, desde los $10.000 a los $24.000 mientras que para ser sancionado, deberá ser sorprendido in fraganti por un funcionario de Carabineros.

“La nueva Ley de Convivencia Vial dispone para los ciclistas que, en el caso de encontrarse con intersecciones o tramos con mucho flujo peatonal, estos deberán descender de su medio de transporte y caminar como un peatón.

También añade la obligación de los ciclistas de portar luces atrás y adelante de la bicicleta, usar ropa reflectante, así como sillas y mecanismos de retención para menores, señalando la obligación de mantener estándares mínimos para estas sillas y carros de arrastre.”

 

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