Contratos con empresas de telecomunicaciones: Telefonía móvil

Tabla de Contenido

Durante el 2017 se realizó una investigación a nivel país sobre la información y
publicidad de las compañías de telefonía móvil. El estudio detectó infracciones y/o
malas prácticas que recaían en la ausencia de información relevante o su
presencia en la “letra chica”, lo que impide un conocimiento completo, veraz y
oportuno de las ofertas y promociones de estas empresas. También se descubrió
que en “letra chica” se incluyen condiciones de contratación que podrían
considerarse como cláusulas abusivas, como el de reservarse la facultad de
cambiar unilateralmente las características de los planes contratados.

A continuación te entregamos una serie de datos más información que debes saber a la hora de querer contratar un plan de telefonía móvil y así evitar sorpresas en tu cuenta mensual o a la hora de revisar el contrato en caso de que quieras dar de baja el servicio.

¿Cuál es el plazo que tienen las empresas de Telecomunicaciones para poner fin al contrato?

Las empresas disponen de un máximo de 10 días corridos para dar por terminada la prestación del servicio telefónico fijo o móvil. Sólo podrán cobrar proporcionalmente el cargo fijo en su última cuenta telefónica hasta la fecha en la que se cumplen los 10 días contados desde que se requirió el término a este contrato.

¿Es legal que las empresas exijan una indemnización o realicen algún tipo de cobro por el término anticipado de un contrato?

No, las empresas de Telecomunicaciones no pueden cobrar indemnización o multa por dar término al contrato de suministro del servicio telefónico fijo o móvil, ni sujetar este término a condición alguna.
Además es importante que los usuarios estén en conocimiento de que las compañías no pueden obstaculizar el trámite de término de contrato de suministro telefónico aunque se mantengan cuentas impagas.

¿Es legal que las empresas de Telefonía Móvil exijan el pago del arriendo de un equipo por el término anticipado de un contrato?

Hay que considerar que en el caso de los contratos de telefonía móvil, tiene que estar indicado claramente a cual se está dando término, si al de suministro telefónico o al de arrendamiento de equipo, debido a que son 2 contratos diferentes e independientes entre sí. Si el usuario firmó un contrato de arrendamiento de equipo con opción de compra, entonces estará obligado a pagar las cuotas mensuales comprometidas en los términos pactados. Por ende si solicita término de contrato del suministro telefónico, deberá indicar si pondrá término también al contrato de arrendamiento con opción de compra, o si este estará vigente.

Si el usuario decide terminar ambos contratos, el suscriptor deberá devolver el equipo y pagar las cuotas de arrendamiento que resten para terminar el periodo pactado, las cuales podrán ser aceleradas, caso en que se hará exigible el monto total pendiente de pago. Si no termina con el contrato de arrendamiento con opción de compra, el suscriptor deberá pagar mes tras mes el costo de arrendamiento durante los meses que resten para terminar el período pactado, pudiendo ejercer la opción de compra, pagando al final del período, el monto exigido en el contrato para este efecto.

«Mientras el contrato de arrendamiento siga vigente el usuario podrá habilitar el equipo en otra
compañía en la que tenga factibilidad técnica y tecnológica.»

¿Qué debo hacer para poner fin a un contrato con una empresa de telecomunicaciones?

“El artículo 26 del Decreto Supremo N°18, de 2014, del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones, dispone que el suscriptor podrá poner término al contrato de suministro de los servicios de telecomunicaciones en todo momento, notificando de ello al proveedor de servicios de telecomunicaciones correspondiente, el que deberá poner término a la provisión del servicio dentro del plazo de 1 día hábil a contar del requerimiento. Adicionalmente, las acciones necesarias para poner término y/o modificar el contrato no podrán ser más gravosas que las requeridas para la contratación del servicio.”

 

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