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protección al consumidor

La protección al consumidor es un medio creado por leyes nacionales e internacionales que le otorgan a quienes compran mercadería (personas físicas o jurídicas) o utilizan un servicio determinado. Todo esto para que puedan acceder a reclamos si sienten que han sido engañados o perjudicados por los vendedores o prestadores del servicio.

Hoy en día el comercio no es lo que era antes, ya no hablamos de pequeñas empresas unipersonales, si no que ahora hablamos de enormes cadenas internacionales que al igual que aquellos que prestan servicios, quienes los consumen están constantemente en una situación de inferioridad y muy expuestos a ser estafados.

En definitiva todo esto sucede debido a que estas personas no tienen una documentación que respalde la compra y que muchas veces sirve para realizar un reclamo. También sucede que a pequeños prestadores de servicio se les obliga a firmar contratos de adhesión donde la letra chica es ignorada por quien la suscribe y no es posible realizar cambios.

Las leyes que están en defensa de los consumidores les  deben informan con seriedad y veracidad las características de lo que pretendan adquirir. Los prestadores les deben dar un documento detallado de ventas (quedando el original en poder del consumidor) y los prestadores de servicio deben contar con un registro de reclamos de los usuarios, a quienes debe brindarse atención personalizada en todo momento.

Actualmente en cada país existen oficinas públicas para la recepción de reclamos y asesoramiento para otorgar información sobre los derechos de consumidor. Es importante recalcar que para realizar una queja o un reclamo, deben realizar la demanda vía judicial.

En Chile, la relación entre proveedores de servicios y consumidor está regulada por la ley N°19.496 de protección de los derechos del consumidor.

Esta ley establece derechos y obligaciones para consumidores y empresas. Los temas que se regulan en esta ley son los siguientes:

  1. Derecho a contar con información veraz y oportuna sobre bienes y servicios ofrecidos, precio, condiciones de contratación y garantía de productos.
  2. La no discriminación arbitraria por parte de empresas proveedoras de bienes y servicios.
  3. Regulación de la publicidad engañosa y eliminación de la “letra chica”.
  4. Facilitar la formación de las asociaciones de consumidores.
  5. favorecer las acciones colectivas cuando se vulneran los derechos de los consumidores.

Antes de comprar…

Si estás pensando en adquirir un producto o contratar un servicio lo primero que debes hacer es mirar bien lo que se ofrece. Anota precios, compara y piensa cual será la mejor opción según tu presupuesto. Pregunta si tienes dudas, es mejor saber y estar seguro que cometer un error.

¿Qué es un contrato de adhesión?

Es un acuerdo de dos partes que ha sido escrito por el proveedor en el que no puedes hacer modificaciones. Antes de firmar un contrato debes fijarte en lo que te están ofreciendo. El contrato debe estar escrito en castellano y con un tamaño de letra no inferior a los 2,5 milímetros. Léelo con calma y no aceptes presiones para firmar, si hay algo que no entiendes asesórate con alguien que sepa del tema.

¿Qué son las cláusulas abusivas?

Son obligaciones contenidas en los contratos que dejan en desventaja al consumidor con respecto a la empresa. Por ejemplo: Cláusulas que hacen responsable al consumidor de las deficiencias o errores administrativos del proveedor. Ten en cuenta que los proveedores están obligados a respetar los términos, condiciones y modalidades que estén formulados en el contrato firmado y aceptado por el consumidor.

¿Cuáles son mis obligaciones como consumidor?

  1. Realiza tus compras en comercio establecido
  2. Lee detalladamente los contratos antes de firmarlos
  3. Toma tus decisiones libremente
  4. Exige el cumplimiento de la publicidad
  5. Rechaza los cobros por bienes o servicios que no hayas aceptado
  6. Infórmate de los bienes y servicios ofrecidos en el mercado
  7. Solicita la reparación por los daños materiales derivados de actos de consumo.
  8. Adopta medidas que sean necesarias para evitar riesgos del uso de consumo.